Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado  Si la obra, proyecto o actividad corresponde a una intervención considerada viable dentro del territorio según los principios y criterios establecidos en el presente protocolo, y de acuerdo con el resultado de la consulta ancestral e interna, la Directiva General en cabeza del gobernador a nombre de la CIT, concertará el inicio de la de la Pre- Consulta Externa con el Ministerio del Interior- la Dirección de Consulta Previa y la Dirección de Asuntos para los Pueblos Indígenas y Minorías – o las entidades que hagan sus veces-.  La fecha y el lugar para instalar y realizar la pre-consulta como inicio de la consulta externa, será concertada previamente con la Directiva General en cabeza del Cabildo Gobernador del Pueblo Arhuaco. D. PARTICIPANTES DEL PUEBLO ARHUACO EN EL PROCESO DE CONSULTA EXTERNA De acuerdo con los principios y criterios para el relacionamiento y estructura del gobierno propio considerados en el presente protocolo, para la toma de decisiones en el proceso de consulta o relacionamiento con terceros, participarán por el Pueblo Arhuaco las siguientes autoridades e instancias:  La Directiva General de La Confederación Indígena Tayrona –CITorganización del Pueblo Arhuaco.  Los Cabildos Gobernadores del Resguardo Arhuaco o su delegado; del resguardo Kogui- Malayo -Arhuaco, sector Arhuaco.  Las Autoridades Mayores.  La Asamblea del Pueblo Arhuaco.  Los asesores propios y externos que la Directiva General delegue.  Representantes del Gobierno Nacional con capacidad de decisión – instituciones, ministerios responsables o encargados del tema-.  Representantes del proyecto, obra, actividad o iniciativa de los interesados. 118

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