Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado 16.Considerando el derecho a la autonomía y a la autodeterminación del Pueblo Arhuaco, dentro de la Línea Negra todas las administraciones del sistema municipal, departamental y nacional concertarán el diseño y construcción de las medidas administrativas con nuestras autoridades. De acuerdo con ello, la Confederación Indígena Tayrona - CIT- convocara a dichas administraciones para la toma de decisiones sobre políticas sectoriales y de inversión social6. Se establecerá para esta función administrativa la Mesa de Concertación del Pueblo Arhuaco –MCPA- para la inversión social de acuerdo con la planeación interna en el territorio ancestral dentro de la Línea Negra. La financiación de este escenario –MCPA- será asumida proporcionalmente por cada uno de los municipios que están dentro de la Línea Negra. Cuando se trate de medidas que se derivan del orden nacional la financiación será asumida por el Ministerio del Interior. 17.Toda cabecera municipal, corregimiento y rivera de los ríos ubicados dentro de la Línea Negra tendrán medidas de control poblacional y restricciones a la ampliación de sus poblaciones en el territorio ancestral de los pueblos que habitamos la SNSM, para ello se determinarán políticas públicas con participación del Pueblo Arhuaco a través de nuestras autoridades representativas. Para adelantar este procedimiento nuestras autoridades de gobierno establecerán a partir del presente protocolo el ESTATUTO DE PERMANENCIA - RESIDENCIA para los bunachu y sus centros urbanos dentro de la Línea Negra en acuerdo con el gobierno nacional. El propósito de esta medida es mantener el equilibrio poblacional de manera que se minimicen los impactos al entorno natural y cultural de la SNSM. 6 En concordancia con el Artículo 330 de la Constitución Política de Colombia. 86

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