La IMPLEMENTACIÓN del DERECHO a la CONSULTA PREVIA en PERÚ
Los temas de mayor trascendencia en los acuerdos finales fueron los siguientes:
£ Fomentar la participación en la toma de decisiones del Serfor, la Comisión
Nacional Forestal (Conafor), el Comité de Zonificación Forestal, las Unidades
Técnicas de Manejo Forestal Comunitario, los Comités de Gestión Forestal y de
Fauna Silvestre.
£ Otorgar a las comunidades competencia para el control y la vigilancia en
territorios comunales mediante comités u otras formas de organización, en
calidad de custodios forestales.
£ Salvaguardar el acceso a recursos forestales y de fauna silvestre a las
comunidades tituladas, cedidas en uso y posesionarias en trámites de
reconocimiento, titulación y ampliación mediante unidades transitorias, para
el aprovechamiento con fines de subsistencia, autoconsumo, uso doméstico y
comercial.
£ Facilitar el aprovechamiento comercial mediante declaraciones de manejo
(Dema), previa aprobación de la asamblea general de las sociedades
comunitarias.
£ Promover el manejo forestal comunitario de forma integral y diversificada.
£ Excluir de concesiones forestales las áreas superpuestas a tierras de comunidades
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posesionarias, realizar la actualización catastral y el redimensionamiento de
los bosques de producción permanente.
£ Promover el cambio de uso en tierras de capacidad de uso mayor para cultivo
en limpio o permanente, promoviendo la conservación de bosques primarios.
£ Fomentar la participación de profesionales y técnicos pertenecientes a pueblos
indígenas u originarios, así como de sabios y sabias, en calidad de especialistas
en los espacios de toma de decisiones.
£ Promover actividades conexas sobre educación forestal y fauna silvestre,
salvaguardas de los derechos laborales del trabajador forestal.
La finalidad del proceso de consulta previa es arribar a acuerdos. En ese sentido,
el presente proceso ha logrado los siguientes resultados: a) acuerdo total: 122
artículos; b) acuerdo parcial: 20 artículos; c) desacuerdo: 10 artículos.
Con fecha 30 de setiembre del 2015, fueron publicados en el diario oficial El
Peruano los cuatro decretos supremos que aprobaron cuatro reglamentos de la
Ley Forestal y de Fauna Silvestre (Ley 29763):
£ Decreto Supremo 018-2015-Minagri, que aprueba el reglamento para la
gestión forestal.
£ Decreto Supremo 019-2015-Minagri, que aprueba el reglamento para la
gestión de fauna silvestre.
£ Decreto Supremo 020-2015-Minagri, que aprueba el reglamento para la
gestión de plantaciones forestales y los sistemas agroforestales.