La IMPLEMENTACIÓN del DERECHO a la CONSULTA PREVIA en PERÚ
de derechos en casos en los que, por ejemplo, se otorgan derechos mineros a
las empresas. En estos casos, tienes dos títulos: por un lado, la comunidad tiene
la propiedad; por otro lado, la empresa tiene la concesión minera. Es el Estado
quien debe resolver las superposiciones de derechos y escucharnos. Pero cuando
el Estado no nos escucha, entonces, se generan conflictos sociales y, finalmente,
se penalizan las luchas de las comunidades.
El Estado debería reconocer sus faltas, garantizar canales de consulta previa y
acercamiento temprano a la población. Sin embargo, lo que ocurre es la ausencia
de diálogo, especialmente en los procesos de consulta en minería en los que se ha
aplicado el artículo 19 del reglamento. No se quiere llegar a la etapa de diálogo,
porque el diálogo es percibido como peligroso por las empresas, porque las
comunidades pueden señalar sus propuestas solicitando que se protejan los ríos
frente a la contaminación. Y en ello, siempre les recuerdo a nuestros compañeros
que en un acta de asamblea no se pueden negociar nuestros derechos ni se
pueden transar nuestros derechos colectivos fácilmente por escuelitas o losas
deportivas.
166
El Estado peruano ha ratificado el Convenio 169 de la OIT, el cual es una
herramienta que tenemos nosotros para cuidar y proteger nuestros recursos
naturales. Nadie está en contra de la inversión privada, pero queremos que
haya un respeto y que las reglas internacionales se respeten, y que se respete
particularmente el derecho a la consulta de las comunidades. Antes de que se
realicen actividades de exploración, deberían consultar si es que hay posibilidad
de que haya condiciones necesarias para el desarrollo de la actividad. Si existe
este diálogo, la comunidad podría colaborar. La consulta previa es un derecho, es
un derecho a la información, de conocer qué es lo que van a hacer las empresas
que vienen a las comunidades campesinas y a las comunidades nativas.
Para los procesos de consulta, también es importante que nosotros y nuestras
bases estemos capacitados. Debemos conocer nuestros derechos. También es
importante la autoidentificación como pueblo indígena u originario. A veces
señalamos que somos campesinos, porque en la parte andina, ser indígena genera
rechazo por la discriminación que siempre hemos sufrido por muchos años. Pero
tenemos que reconocernos y autoidentificarnos como pueblos para ser sujetos de
la consulta. Por eso la CNA está trabajando en promover la autoidentificación,
hacemos incidencia para revalorar nuestras identidades y culturas. Hemos visto
que es importante trabajar ese tema en nuestras capacitaciones con las bases.
En el taller de capacitación de Áncash hemos visto a compañeros que antes se
reconocían como campesinistas en sus estatutos, que gracias a la capacitación y
sensibilización quieren cambiar sus estatutos porque ahora se reconocen como
parte de pueblos originarios. El trabajo con nuestras bases ha hecho que haya
más conocimiento sobre nuestros derechos colectivos, debido a que la consulta
previa permite que nos respeten, que antes de que entres a mi casa, toques la
puerta, converses conmigo y, a partir del diálogo, se decide si se hace la actividad.