La IMPLEMENTACIÓN del DERECHO a la CONSULTA PREVIA en PERÚ
Ejemplo de ello es cuando se señala que la medida afecta su derecho a establecer
sus prioridades de desarrollo debido a que
los pueblos indígenas podrían ver limitadas sus posibilidades de desarrollo
al haberse instalado en su territorio actividades extractivas que introducen
elementos de economía de mercado y patrones de consumo no tradicional;
por ejemplo, los jóvenes podrían dejar las actividades tradicionales en
busca de trabajo en la empresa. O porque la presencia espacial de las
instalaciones de producción limitaría la posibilidad del pueblo indígena de
usar ese territorio para otras actividades10
Pero no se ahonda en cuáles son esas prioridades de desarrollo de los pueblos
ni en cómo el Estado podría considerarlas o promoverlas. Generalmente, las
prioridades de desarrollo de los pueblos indígenas u originarios aparecen en los
procesos de consulta como contrarias a las medidas consultadas que propone
el Estado, planteadas según la lógica de que solo sirven al propio beneficio de
estos pueblos, e invisibilizadas bajo el supuesto de que las propuestas del Estado
benefician a todos los peruanos.
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En el caso del lote 195, por ejemplo, al finalizar el proceso de consulta, el
representante de la Federación Nativa de Comunidades Cacataibo (Fenacoca)
mencionó: «Esperamos que sean cosas buenas, hemos aceptado porque no
queremos que nos vean como una traba al desarrollo». La dureza de la respuesta
expresa que su propia visión de desarrollo no importa y que solo se tuvo como
eje central la visión de desarrollo del Estado. Se asume un solo horizonte de
desarrollo en el que todos deben incluirse, sin reflexionar sobre la equidad de este
modelo en el que grandes grupos de la población no son beneficiados.
Por otro lado, la consulta en algunos casos se convierte en la aparente salida a
los problemas de los pueblos indígenas u originarios, en una oportunidad en que,
a condición de aceptar el proyecto en su territorio, terminan convirtiéndose en
empleados de este. De este modo, se materializa la reproducción de un modelo
colonial del proyecto de desarrollo. (Vargas 2016).
Por ello, si no abordamos este tema estructural que subyace al diálogo, no
estaremos considerando realmente las prioridades, necesidades y aportes de los
pueblos indígenas, ni tratando las causas que generan las diferentes asimetrías y
desigualdades a las que están expuestos.
10 Cuadro de derechos colectivos y afectaciones, anexo a los planes de consulta de hidrocarburos.
Solo el Plan de Consulta del lote 192 hace una diferencia con el resto de lotes de hidrocarburos
consultados al señalar, en la descripción de la afectación de su derecho a establecer sus prioridades de desarrollo: «Menos posibilidades de desarrollar ciertas actividades económicas ligadas a la
pesca, agricultura», entre otras.