Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado con copia a las entidades concernidas del Gobierno – Dirección de Consulta Previa y Dirección de Asuntos para Pueblos Indígenas y Minorías del Ministerio del Interior o quien haga sus veces-, a las entidades del Ministerio Público – Defensoría y Procuraduría en el nivel regional y nacional y a los personeros en el nivel local. - Una vez declarada la viabilidad de la consulta de la medida, obra, proyecto o actividad por estar contemplado entre los temas consultables, la Directiva General inicia la gestión y la concertación para la participación de nuestro Pueblo en el Estudio de Impacto Ambiental, cultural y espiritual de la obra, medida, obra, proyecto actividad como insumo para convocar e iniciar la consulta interna o ancestral con los recursos que el Estado garantice para esta. 5. ESTUDIO DE IMPACTOS AMBIENTALES, CULTURALES, ESPIRITUALES, ECONOMICOS Y SOCIALES DE LA OBRA, PROYECTO, ACTIVIDAD O MEDIDA ADMINISTRATIVA.- Concepto Autónomo- - Es propósito de este estudio garantizar una valoración – concepto autónomo- desde nuestra visión basada en la Ley de Origen sobre los impactos ambientales, culturales, espirituales, económicos y sociales que puedan generarse por la obra, proyecto, actividad o medida administrativa que se pretenda desarrollar. - Para efectos de lo anterior, la Directiva General presentará solicitud al Ministerio del Interior para los Asuntos de Participación y simultáneamente al Ministerio de Cultura y al Ministerio de Ambiente para su apoyo técnico según sus competencias, para contratar el equipo técnico especializado en los aspectos culturales del Pueblo Arhuaco de acuerdo con el tema del proyecto, obra o actividad a consultar. De este equipo especializado harán 109

Select target paragraph3