Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado 2. PROCEDIMIENTO PARA LA REALIZACIÓN DE LA CONSULTA EXTERNA - Por acuerdo entre la Dirección de Consulta Previa o la que haga sus veces y la Directiva General del Pueblo Arhuaco, se definirá la fecha, el sitio y las horas de la reunión de instalación del proceso de consulta en la que participarán en pleno las autoridades tradicionales y de gobierno del Pueblo Arhuaco – Asamblea de Autoridades-. - Esta reunión tiene como propósito dar a conocer al gobierno y a los terceros interesados los requerimientos y recomendaciones que resultaron de la Consulta ancestral e interna del Pueblo Arhuaco, con base en el estudio de los posibles daños e impactos que puede generar la obra sobre los derechos del Pueblo Arhuaco. 3. SOCIALIZACIÓN, ANÁLISIS Y CONCERTACION DE ESTRATEGIAS FRENTE A LOS DAÑOS, IMPACTOS Y AFECTACIONES A LOS DERECHOS DEL PUEBLO ARHUACO DE LA SIERRA NEVADA DE SANTA MARTA - La concertación de las estrategias de mitigación de los daños, impactos y afectaciones a nuestros derechos como Pueblo Arhuaco, es el principal propósito y resultado esperado de la consulta externa. El consentimiento para el inicio de la obra, proyecto, medida o actividad a realizar dependerá del acuerdo que se logre respecto a las estrategias de mitigación. Para llegar a este paso se debió haber surtido el procedimiento mediante el cual se da vía a la consulta por estar dentro de los proyectos, obras, actividades y medidas que se consideran pueden ser consultadas y de las actividades de terceros permitidas por nuestras autoridades en desarrollo y cumplimiento 121

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