Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado - Los procesos de consulta de medidas legislativas y administrativas con alcance regional y nacional deben darse con la participación de nuestras autoridades como Pueblo Arhuaco – CIT- o a través de las instancias que nos representan como pueblos originarios de la SNSM – CTC- cuando nuestras autoridades así lo definan. - Para la consulta de las medidas legislativas se debe garantizar la participación efectiva de nuestro pueblo, ya sea en el orden nacional, regional y/o local. Por lo que se debe garantizar nuestra participación como Pueblo de acuerdo con nuestros procedimientos propios de la consulta ancestral e interna definida en el presente protocolo. 123

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