Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado IX. DISPOSICIONES FINALES.  El presente “Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de santa marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado, por la protección, conservación y la existencia integral de la Sierra Nevada de santa marta; por el bien del planeta y la humanidad” entra en vigencia a partir de su aprobación por parte de la Asamblea General del Pueblo Arhuaco y firma de sus autoridades de gobierno el día 31 de Mayo de 2017 en Ikarwa en el Departamento del Cesar. a. Hace parte del texto de protocolo el acta de aprobación en la cual se declara aprobado por la asamblea y firmado por el Ministerio Público – Defensoría del Pueblo – en constancia del debido procedimiento para su revisión y aprobación. b. El original del presente protocolo firmado en tres textos auténticos por la Directiva General del periodo vigente, se depositan en poder del secretario general de la CIT, de la secretaría de su instancia de segundo nivel en la CTC y de la Defensoría del Pueblo regional en representación del Ministerio Público. c. En TESTIMONIO DE LO CUAL los infrascritos, debidamente autorizados a esos efectos, han firmado el presente Protocolo en las fechas indicadas. Autoridades de Gobierno: 130

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