Protocolo para la consulta y consentimiento previo libre e informado del Pueblo Negro NorteCaucano de los consejos comunitarios de los municipios de Suárez y Buenos Aires del
departamento del Cauca – Febrero de 2014
Las autoridades presentan a la empresa o entidad pública este protocolo de
relacionamiento los fundamentos, principios, criterios y procedimientos que
rigen a los consejos y al Pueblo Negro del norte del Cauca.
La empresa realiza luego a las autoridades una presentación preliminar del
proyecto o actividad que intervendrá en el territorio, su propósito, objetivos,
proyección y antecedentes del proyecto.
Con base en la información presentada las autoridades de los consejos
comunitarios determinaran en espacio autónomo si se continua con el
proceso, para ello podrán solicitar más información a la empresa o entidad
pública.
Una vez analizada la información recopilada, las autoridades del Pueblo
Negro norte- caucano informaran de la decisión de continuar el proceso de
pre-consulta al Ministerio del Interior.
Para el análisis y toma de decisión de avanzar en la pre-consulta la
autoridad del consejo comunitario tomara en cuenta el cumplimiento de los
principios que orientan este protocolo.
En esta etapa se acuerda el procedimiento y la metodología para la
socialización de la pre – consulta, si se decide darle paso.
Los requerimientos para la participación en este espacio preliminar deben
ser facilitados por la empresa a través del Ministerio en el fondo que se
establezca para financiar todo el proceso desde el acercamiento hasta el
seguimiento, esto incluye facilitar la información y logística de acuerdo con
lo previsto por las autoridades.
B. CONSENTIMIENTO PARA DAR INICIO AL PROCESO DE CONSULTA
El consentimiento para iniciar el proceso de consulta es el resultado del
análisis interno después del acercamiento y presentación de los actores
externos que van a incidir sobre el Pueblo Negro norte –caucano y su
territorio.
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