Reflexiones desde las experiencias de consulta previa
Entre los antecedentes de este proceso, es importante mencionar que la consulta
previa de la Hidrovía Amazónica es parte de la lucha del pueblo indígena
kukama kukamiria por defender su territorio. Por intermedio de la organización
indígena Asociación Cocama de Desarrollo y Conservación San Pablo de Tipishca
(Acodecospat), los kukama kukamiria interpusieron una demanda de amparo
contra el MTC y Proinversión, en la que solicitaban la suspensión del proyecto
hasta que se realizara un proceso de consulta previa.
En principio, la posición del MTC fue que, por ser un servicio público, este
proyecto no requería ser consultado;2 sin embargo, en octubre del 2014, el
Juzgado Mixto de Nauta ordenó su suspensión hasta que fuera consultado.
El MTC apeló y señaló que la resolución directoral que aprueba el estudio de
impacto ambiental detallado (EIA-d) debería ser la medida objeto de consulta; sin
embargo, en marzo del 2015, la Sala Civil de Loreto le dio la razón a Acodecospat
y sentenció que la oportunidad de la consulta debería ser antes de la concesión
del proyecto. De manera paralela a este último proceso, el MTC ya había iniciado
las coordinaciones para la consulta del proyecto Hidrovía Amazónica (Ministerio
de Transportes y Comunicaciones 2015b:16).
1.1 Actores del proceso
La entidad promotora de este proceso fue el MTC, mediante la Dirección General
de Transporte Acuático (DGTA), que se encargó de formular el proyecto. La
Dirección General de Asuntos Socioambientales (DGASA) del MTC, que aprueba
la medida objeto de consulta, participó como apoyo técnico; y Proinversión, que
fue el encargado de licitar el proyecto, como asesor técnico de la DGTA.
Cuadro 1. Organizaciones indígenas que participaron en la consulta
Organización
regional
ORPIO
ORAU
Sin organización
regional
ACODECOSPAT
FECIDPAM
CHAPISHIWAG
AKURI
ADECOP
FECONBU
FEDICB
ACONAKKU
AIDECOS
FECONACURPI
FEDECOCA
AIDEMA
AKUBANA
FECONAU
FENAM
ASINCONSEP
Organización Local
CORPI-SL
FENARA
FECONA
FECONAPRE
FECONARINA
FECONATIYA
Por intermedio de
sus organizaciones representativas, se consultó a 14 pueblos
FECOTYBA
indígenas u originarios
de los departamentos de Ucayali y Loreto: achuar,
FEPYROA
Fuente: MTC.
2 En la decimoquinta disposición complementaria del reglamento de la Ley de Consulta Previa se
indica que la provisión de servicios públicos no requiere consulta previa.
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