La IMPLEMENTACIÓN del DERECHO a la CONSULTA PREVIA en PERÚ
En cuanto a las posibles afectaciones, no se compartió información adecuada.
Aunque en esta fase del proyecto no se contó con información completa y rigurosa
sobre los impactos del proyecto, debido a la ausencia del EIA-d, el estudio de
factibilidad contiene información inicial e importante. En la etapa de publicidad,
el MTC entregó a las organizaciones el mencionado estudio (300 páginas)
y su respectivo resumen ejecutivo (73 páginas). Sin embargo, en los talleres
informativos no se compartió información física y adecuada sobre los datos y
resultados relevantes de este estudio.
Por ello, en varias de las actas de evaluación interna, los pueblos indígenas
solicitaron volver a la etapa informativa para que el MTC subsanara esos errores,
respondiera a las preguntas planteadas en las actas y garantizara un adecuado
proceso.5 Así, en la primera sesión de diálogo —que se realizó del 13 al 14 de
agosto del 2015—, el MTC y las organizaciones representativas de los pueblos
indígenas u originarios acordaron ampliar la etapa de diálogo para realizar 10
talleres informativos y 10 reuniones de evaluación interna complementarios y,
luego, organizar una segunda sesión de diálogo del 18 al 20 de setiembre.
Por su parte, el MTC y el VMI se reunieron con los asesores de las organizaciones
indígenas para consensuar los contenidos y la metodología de estos nuevos
talleres, lo cual fue importante para responder las preguntas contenidas en las
actas.
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b) Talleres informativos complementarios
Los nuevos talleres se realizaron entre el 27 de agosto y el 15 de setiembre, y
se logró subsanar en gran parte la información solicitada. El MTC entregó un
documento en el que respondía a las principales preguntas que plantearon los
pueblos indígenas u originarios, y también las fotocopias de las presentaciones,
que informaban sobre los contenidos de las medidas objeto de consulta y su
relación con el ciclo del proyecto. Sin embargo, le faltó ofrecer más información
sobre las posibles afectaciones a derechos colectivos. Es importante rescatar que,
en algunos talleres, un funcionario del VMI dibujó los contenidos importantes de
las exposiciones, lo que ayudó mucho a que los participantes —especialmente
aquellos con bajo nivel de literacidad— pudieran entender mejor.
2.2 Plazo razonable
Otro elemento clave en un proceso de consulta previa es garantizar un tiempo
razonable, que permita que los pueblos indígenas u originarios reflexionen y
realicen propuestas sobre la medida consultada de manera adecuada. En casos
como este, en los que la información compartida es muy técnica, es importante
garantizar que las organizaciones indígenas cuenten con el tiempo necesario
para procesarla y debatirla con sus bases. La necesidad de contar con plazos
5 En seis de las nueve actas de evaluación interna se realiza este pedido: acta de Contamana, acta
de Caballococha, acta de Nauta, acta de San José de Saramuro, acta de Saramiriza y acta de
Yarinacocha.