Reflexiones desde las experiencias de consulta previa Esto para mejorar la evaluación de impactos desde una perspectiva de derechos, especialmente teniendo en cuenta que los instrumentos de gestión ambiental no siempre contienen información sobre la posible afectación de los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios, a pesar de que ello se estipula en la sexta disposición complementaria, transitoria y final del Reglamento de la Ley de Consulta. 5.4 La identificación de los sujetos de consulta El trabajo de campo en la etapa de identificación es una práctica necesaria y valiosa para contar con información clave para el diseño del proceso. En estos procesos de consulta, el trabajo de campo realizado ha permitido contar con información fundamental para verificar la información secundaria sobre los pueblos indígenas u originarios y sus características, así como validar y profundizar la información ya existente en la base de datos. De esta manera, gracias al trabajo de campo realizado para las consultas de los proyectos Aurora y La Merced, se pudo identificar que las comunidades campesinas de Parobamba y Llactun Aija/Llactun Rurimarac pertenecen a los pueblos indígenas u originarios quechuas. Ambas comunidades, para entonces, no se encontraban en la base de datos. Posteriormente, la comunidad campesina de Parobamba ha sido incluida en la base de datos, y se encuentra pendiente la incorporación de la comunidad campesina de Llactun Aija/Llactun Rurimarac. Actualmente, figuran en la base de datos cuatro de las comunidades campesinas consultadas en el sector minero. Esto muestra de qué manera la base de datos oficial sirve como un instrumento de gestión de carácter referencial que no constituye derechos y que la consolidación progresiva de su información no es un impedimento para realizar procesos de consulta. Si bien el VMI ha recibido presupuesto y respaldo del Minem para realizar los estudios de campo necesarios para la identificación, es posible optimizar aún más la coordinación y cooperación entre ambas instituciones respecto a la producción y gestión de información sobre los sujetos de consulta. Asimismo, resultaría provechoso que la información producida en la etapa de identificación de pueblos indígenas u originarios nutra el desenvolvimiento de las demás etapas, a fin de garantizar que el enfoque intercultural se incluya mejor en la gestión de los procesos de consulta previa. Más aún, esta información puede trascender el proceso de consulta, para así contribuir al desarrollo de políticas públicas mejor focalizadas, con enfoque intercultural y que permitan el reconocimiento de la diversidad cultural y la construcción de ciudadanía intercultural. 5.5 La capacitación de los pueblos indígenas u originarios Antes y durante el proceso de consulta, los pueblos indígenas u originarios requieren capacitación sobre el proceso de consulta y sus derechos como pueblos indígenas u originarios. Esto les permite evaluar mejor la afectación de la medida consultada sobre sus derechos. Especialmente en el sector minero, es importante ahondar en temas como la diferencia entre participación ciudadana y consulta previa, los impactos ambientales y sociales, y las afectaciones a los derechos 185

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