XIV.
Políticas educativas en tiempos
de reconocimiento. La consulta
previa del Plan Nacional
de Educación Intercultural
Bilingüe (PNEIB) en el Perú
Carola Mick1
Introducción
El 21 y 22 de enero del 2016 concluyó2 el proceso de consulta previa a nivel
nacional del Plan de Educación Intercultural Bilingüe promovido por el Ministerio
de Educación del Perú (Minedu). La iniciativa del Minedu corresponde a una
obligación presente desde que, en 1995, entró en vigencia en el Perú el Convenio
169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a los pueblos
indígenas y tribales en países independientes, así como desde la aprobación, en
los años 2011 y 2012, de la Ley y del Reglamento del Derecho a la Consulta Previa
(Ley 29785). Con estos dispositivos legales, el Estado peruano se compromete
a respetar los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas u
originarios3 que viven en su territorio, a promover la diversidad cultural en el
país, y a incluir a los representantes de pueblos indígenas en la planificación y el
desarrollo de proyectos de cualquier índole que podrían afectarlos.
Esta «política del reconocimiento» (Taylor 2009) demanda tres tipos de cambios
en el ámbito educativo: primero, recuerda al Estado su deber de garantizar el
derecho ciudadano a una educación de calidad; segundo, exige la inclusión de
los pueblos indígenas en la concepción de políticas educativas a nivel nacional; y
tercero, la apertura institucional a la diversidad cultural determina que la sociedad
en su conjunto adquiera una formación específica a la ciudadanía intercultural
(Tubino 2015).
1 Agradezco a todas las personas, citadas de manera anónima en este artículo, que me brindaron
apoyo para prepararlo al compartir sus puntos de vista acerca de la implementación de la Ley de
CP. También agradezco a las editoras del presente volumen, así como a Gustavo Pastor, por los
comentarios y aportes que me permitieron mejorar la argumentación. Asumo la responsabilidad
total de las carencias que pudiera presentar este texto.
2 Han terminado las negociaciones entre Estado y pueblos indígenas u originarios. Todavía no se
concluyó la CP completa, ya que falta tomar la decisión de la parte del Minedu.
3 Para facilitar la lectura, usamos los adjetivos indígenas y originarios como sinónimos para referirnos a pueblos indígenas u originarios. También usamos el plural masculino para referirnos a un
conjunto de personas, independientemente de su género.
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