CABILDO INDÍGENA DE LA COMUNIDAD CERRO TIJERAS-MUNICIPIO DE SUAREZ (cauca) NIT: 817007491-9 Reconocida por la dirección de asuntos indígenas, minorías Étnicas y ROM. Ministerio del Interior y Justicia. Resolución No. 00155 del 22 de octubre del 2010 Suarez Cauca, Diagonal al Hospital, Barrio la Esperanza Suarez cauca – Colombia comunidadcerrotijeras@hotmail.com PROTOCOLO DE RELACIONAMIENTO BASE PARA LA CONSULTA Y EL CONSENTIMIENTO PREVIO LIBRE E INFORMADO violación a la autonomía y a la jurisdicción especial indígena, salvo en las consideraciones y excepciones contempladas por los estándares internacionales en materia de seguridad.  El Pueblo Nasa reitera la aplicación de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas en su territorio. La presencia y ocupación de las fuerzas armadas serán restringidas de acuerdo con el artículo 30 de la Declaración, “No se desarrollaran actividades militares en las tierras territorios de los Pueblos indígenas, a menos que lo justifique una razón de interés público pertinente o que se haya acordado libremente con los Pueblos indígenas interesados, o que estos lo hayan solicitado”. La pertinencia de la razón pública será definida con la participación del Pueblo Nasa, sus autoridades e instancias representativas. 4. ACERCAMIENTO PRELIMINAR CON MEGAPROYECTOS  El acercamiento preliminar debe permitir diferenciar una obra, megaproyecto o actividad que afecta al territorio o vida del Pueblo Nasa según su naturaleza y propósitos respecto al interés que persigue, es decir si busca suplir una necesidad pública o se trata de un megaproyecto, obra o actividad que está orientada a un interés o negocio particular. Si el proyecto responde a un interés o negocio particular, por ejemplo, una explotación minera, y existe una afectación a los derechos del Pueblo Nasa y una violación a los principios definidos 52

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