Contexto y ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas
las fronteras, de admitir las infinitas conexiones que van definiendo nuestros
contornos. Pero hay que hacerlo no vía la conquista, sino mediante el viejo y
humano oficio de hablar y escuchar con buena voluntad.
Y por eso tenemos entre manos la oportunidad de hacer de la consulta previa
una de las sanas costumbres de la sociedad peruana. Luego del voto de los
analfabetos en 1980, este es el hecho histórico más importante de inclusión social
y política. A partir de la consulta, puede ser posible implementar políticas públicas
que contengan las particularidades históricas de nuestros pueblos, lo cual puede
ser decisivo si vives en las zonas más pobres, aisladas, donde el Estado es una
bandera rojiblanca o la presencia pasajera de un agente de salud.
Acortar la distancia y comprenderse, ese es el mandato de las sociedades plurales
que buscan puntos de intersección sobre los que soldar acuerdos. La historia del
Perú, en relación con los pueblos indígenas u originarios, no tomó este camino.
Nos hemos debatido entre la retórica paternalista y la displicencia colectiva.
De ahí que el derecho a la consulta —entre otros derechos— haya quedado
estampado en el papel, amarillándose, durante 15 años.
¿Qué sentido tienen, en las culturas diferentes, el derecho a la identidad, al
desarrollo o a la tierra? Creo que la mejor respuesta la dio hace unos años un
joven líder asháninca en una ceremonia de desagravio a las víctimas de los años
del terror, en Puerto Ocopa. Luego de los consabidos discursos de los funcionarios
públicos, este joven tomó la palabra y encaró a los presentes con esta frase:
«¿Cuáles son esos derechos que nos vamos a llevar a casa?». No hablaba de
incisos, sellos y recaudos; hablaba de bienes que se disfrutan en la familiaridad
del mundo casero, allí donde los derechos deben cobrar vida. Tamaña claridad
es clave para lo que nos aguarda.
La consulta previa es un hecho irreversible. Lo que cabe preguntarse ahora es si el
Estado está tomando todas las previsiones para garantizar que la letra y música de
este derecho suenen bien en los predios amazónicos y andinos de nuestro país. Lo
que se tiene entre manos es un mecanismo para influir en la toma de decisiones.
Corresponde, especialmente al Estado, hacer del diálogo intercultural un espacio
seguro. El derecho de consulta es, en realidad, el derecho a ser consultado en
condiciones culturalmente adecuadas. Quien toma la iniciativa es el Estado. En
esa medida, la norma que propone debe haber sido concebida con criterios
interculturales; es decir, incluyendo la perspectiva y los intereses de dichas culturas.
¿Contamos con un Estado intercultural? No, y en un país de más de 70 etnias, 15
familias lingüísticas y 5000 comunidades, eso es una limitación medular.
Pero ¿por qué digo que el diálogo intercultural debe ser un espacio seguro? Porque
hay que garantizar la interpretación de la lengua y la cultura; porque se debe
contar con información sobre los intereses, las prioridades, las creencias y los
valores de cada comunidad; porque hay que conocer sus modelos intraculturales
de negociación y resolución de conflictos, y evaluar posibles adaptaciones; porque
los agentes del Estado que intervengan deben estar entrenados para este tipo de
comunicación y porque el respeto debe respirarse a toda hora y en cada acto,
gesto, palabra o ritual.
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