PROTOCOLO COMUNITARIO BIOCULTURAL ALTO SAN JUAN. | 10 organizadas en consejos comunitarios locales y agrupadas por un Consejo Comunitario Mayor del Alto San Juan ASOCASAN. Esta forma de gobierno comunitario del territorio y de estilo de vida ocupa un área de 54.571 hectáreas y 4.625m2. Reseña histórica de ASOCASAN ASOCASAN es una organización étnico-territorial de derecho privado, sin ánimo de lucro, que funciona actualmente de acuerdo a la Constitución Nacional, la Ley 70 de 1993, sus decretos reglamentarios y demás disposiciones pertinentes relacionadas con el proceso de comunidades afrodescendientes en Colombia. Como organización étnica de base, se caracteriza por su interés por articular, con las instituciones estatales, entidades y organizaciones, actividades tendientes al fortalecimiento del proceso organizativo y de las relaciones interinstitucionales para el desarrollo integral del territorio De igual manera, pretende construir con el Estado y las autoridades competentes, políticas de desarrollo que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los moradores de la región. Estructura de gobernabilidad De acuerdo con la ley 70 de 1993, la comunidad del Alto San Juan constituyó consejos comunitarios, los cuales son reconocidos (con su personalidad jurídica) como la máxima autoridad al interior de las tierras colectivas de comunidades negras, de acuerdo con los mandatos legales y reglamentarios, y aquellos que le asigne el sistema de derecho propio 9. El Consejo Mayor esta conformado por una junta directiva integrada por cinco coordinaciones y un representante legal, elegidos por la comunidad y los consejos locales en asamblea general por un periodo de tres años. Los aspectos determinantes de funcionamiento y principios fundamentales, se establecen en el reglamento del régimen interno del Consejo Mayor del Alto San Juan ASOCASAN y su territorio colectivo. Los consejos locales son órganos territoriales comunitarios de características similares al Consejo Mayor, y contribuyen con la estrategia general de gobernabilidad del territorio. La estructura organizativa (Anexo2) es la instancia de articulación interna e interlocución con actores externos al territorio (autoridades, instituciones, empresas públicas y privadas) y es el espacio en el cual se establecen las condiciones para desarrollar acciones de intervención en el territorio. Afirmación de intenciones La historia de la conservación de la biodiversidad y uso sostenible en el territorio colectivo es más antigua que las propuestas de desarrollo económico implementadas por el gobierno central y actores foráneos; no obstante, en repetidas ocasiones, se desconocen nuestras prácticas tradicionales (predominantes en las comunidades) y se tiende a vulnerar el derecho por definir nuestro propia opción de desarrollo 10 y/o de administración de los recursos naturales del territorio. 9 De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 1745 de 1995. 10 El artículo 7 del Convenio 169 de la OIT establece que, “Los pueblos interesados deberán tener el derecho de decidir sus propias prioridades en lo que atañe al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte a sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan de alguna manera, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural”.

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