Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado  Tala y Quema de bosque Teniendo presente la necesidad de cuidar del kunsamu de la vegetación, la tierra, los animales, los ríos, las fuentes de agua – lagos, lagunas y humedales-, los árboles y demás seres de la naturaleza, la quema y la tala de árboles se consideran acciones inaceptables no consentidas dentro del territorio ancestral y sagrado de la SNSM, para lo cual se establecen las siguientes medidas y condicionantes: a) Queda prohibido el corte de árboles y vegetación alrededor de los nacimientos y fuentes de agua, – lagos, lagunas y humedales-, y del curso de los ríos. b) La tala y quema de árboles de interés cultural y material se sancionará con la siembra de de la misma especie proporcionalmente al daño causado y se aplicará bajo los procedimientos de la ley tradicional por nuestras Autoridades. c) El uso de áreas para fines alimenticios o usos domésticos se hará coordinadamente con las autoridades del Pueblo Arhuaco, quienes determinarán y verificarán que no se atente contra el orden natural establecido por la Ley de Origen.  Fumigaciones con glifosato, químicos y uso de agroquímicos Con relación a esta actividad se definen las siguientes medidas: a) Queda definitivamente prohibida la fumigación con productos químicos, el uso de venenos, herbicidas, fungicidas e insecticidas en todo el territorio. b) Los programas de erradicación de cultivos para los que se presumen usos ilícitos impulsados por el gobierno, solo serán permitidos una vez 100

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