Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado sean concertados con las autoridades del Pueblo Arhuaco. Se respetarán los usos tradicionales para el control y erradicación de dichos cultivos. c) Queda prohibida la venta de los productos agroquímicos dentro del territorio ancestral. Se impulsará la utilización de los mecanismos tradicionales para control de las malezas y plagas. d) A la persona indígena que sea sorprendida en esta actividad, se le aplicará la ley tradicional y se hará el saneamiento y reparación necesarios bajo la orientación del Mamu. Cuando se trate de una persona no indígena se considerará un acto de mala fe y será reportada su falta ante las autoridades ordinarias de los bunachu.  La práctica de la guaquería a) Esta práctica que es realizada por personas foráneas es una profanación a los sitios sagrados y centros de gobierno de las autoridades tradicionales del Pueblo Arhuaco y se considera una violación al orden de la naturaleza y un delito contra la cultura, por tanto, quienes lo practiquen serán detenidos por las autoridades propias y presentados ante la justicia ordinaria para su respectiva sanción. 4. CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LOS PROYECTOS, OBRAS, ACTIVIDADES QUE NO SON PERMITIDOS Y POR TANTO NO SON CONSULTABLES DENTRO DE LA SNSM. Partiendo del principio de realidad de que dentro del territorio Ancestral delimitado por la Línea Negra existen ciudades, centros poblados y asentamientos de personas no indígenas, cuyas prácticas y visiones no se corresponden con el orden natural, el Pueblo Arhuaco y sus autoridades han considerado el diálogo, la concertación y los acuerdos para que también los no indígenas asuman la responsabilidad de la conservación de 101

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