Protocolo Autónomo–Mandato- del Pueblo Arhuaco- de la Sierra Nevada de Santa Marta para el relacionamiento con el mundo externo incluyendo la consulta y el Consentimiento previo, libre e informado la vida y todas sus manifestaciones en el territorio ancestral de la SNSM. Para ello, nosotros como hermanos mayores tenemos el compromiso de recomendar y orientar sobre las actuaciones de los hermanos menores que puedan afectar a la madre naturaleza tomando en cuenta que:  El hombre debe reorientar sus políticas y acciones sobre la madre naturaleza, de lo contrario quien juzgara será la misma naturaleza.  La Ley Natural que rige a la humanidad interpretada en la Ley de Origen es integral y no se modifica.  En contraste, la Constitución Política sí se modifica y en algunos casos afecta a la naturaleza. En consideración a lo anterior, el Pueblo Arhuaco estamos en disposición de hacer los aportes y recomendaciones para implementar medidas conjuntas que permitan la convivencia armónica entre los pueblos de la SNSM y las autoridades civiles de los no indígenas para desarrollar acciones conjuntas a favor de la conservación y protección de la SNSM, como un territorio sagrado y como un ecosistema estratégico en beneficio de todos. 5. LO QUE PUEDE SER CONSULTADO -Temas que pueden ser objeto de consulta para el Pueblo Arhuaco bajo procedimientos adecuados y definidos por la consulta ancestral desde La Ley de Origen-. - Las obras de infraestructura destinadas al servicio público y bienestar de las comunidades, específicamente aquellas que estén destinadas a la educación, la prestación de servicios de salud y a la vivienda, los cuales se construirán respetando los usos y costumbres del Pueblo Arhuaco. Se consideran dentro de estas obras: a) La adecuación y arreglo de acueductos y vías existentes con anterioridad a la proclamación del presente protocolo. 102

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