Contexto y ejercicio de los derechos colectivos de los pueblos indígenas las fronteras, de admitir las infinitas conexiones que van definiendo nuestros contornos. Pero hay que hacerlo no vía la conquista, sino mediante el viejo y humano oficio de hablar y escuchar con buena voluntad. Y por eso tenemos entre manos la oportunidad de hacer de la consulta previa una de las sanas costumbres de la sociedad peruana. Luego del voto de los analfabetos en 1980, este es el hecho histórico más importante de inclusión social y política. A partir de la consulta, puede ser posible implementar políticas públicas que contengan las particularidades históricas de nuestros pueblos, lo cual puede ser decisivo si vives en las zonas más pobres, aisladas, donde el Estado es una bandera rojiblanca o la presencia pasajera de un agente de salud. Acortar la distancia y comprenderse, ese es el mandato de las sociedades plurales que buscan puntos de intersección sobre los que soldar acuerdos. La historia del Perú, en relación con los pueblos indígenas u originarios, no tomó este camino. Nos hemos debatido entre la retórica paternalista y la displicencia colectiva. De ahí que el derecho a la consulta —entre otros derechos— haya quedado estampado en el papel, amarillándose, durante 15 años. ¿Qué sentido tienen, en las culturas diferentes, el derecho a la identidad, al desarrollo o a la tierra? Creo que la mejor respuesta la dio hace unos años un joven líder asháninca en una ceremonia de desagravio a las víctimas de los años del terror, en Puerto Ocopa. Luego de los consabidos discursos de los funcionarios públicos, este joven tomó la palabra y encaró a los presentes con esta frase: «¿Cuáles son esos derechos que nos vamos a llevar a casa?». No hablaba de incisos, sellos y recaudos; hablaba de bienes que se disfrutan en la familiaridad del mundo casero, allí donde los derechos deben cobrar vida. Tamaña claridad es clave para lo que nos aguarda. La consulta previa es un hecho irreversible. Lo que cabe preguntarse ahora es si el Estado está tomando todas las previsiones para garantizar que la letra y música de este derecho suenen bien en los predios amazónicos y andinos de nuestro país. Lo que se tiene entre manos es un mecanismo para influir en la toma de decisiones. Corresponde, especialmente al Estado, hacer del diálogo intercultural un espacio seguro. El derecho de consulta es, en realidad, el derecho a ser consultado en condiciones culturalmente adecuadas. Quien toma la iniciativa es el Estado. En esa medida, la norma que propone debe haber sido concebida con criterios interculturales; es decir, incluyendo la perspectiva y los intereses de dichas culturas. ¿Contamos con un Estado intercultural? No, y en un país de más de 70 etnias, 15 familias lingüísticas y 5000 comunidades, eso es una limitación medular. Pero ¿por qué digo que el diálogo intercultural debe ser un espacio seguro? Porque hay que garantizar la interpretación de la lengua y la cultura; porque se debe contar con información sobre los intereses, las prioridades, las creencias y los valores de cada comunidad; porque hay que conocer sus modelos intraculturales de negociación y resolución de conflictos, y evaluar posibles adaptaciones; porque los agentes del Estado que intervengan deben estar entrenados para este tipo de comunicación y porque el respeto debe respirarse a toda hora y en cada acto, gesto, palabra o ritual. 75

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