Protocolo para la consulta y consentimiento previo libre e informado del Pueblo Negro NorteCaucano de los consejos comunitarios de los municipios de Suárez y Buenos Aires del departamento del Cauca – Febrero de 2014 capacitar a los funcionarios sobre sus sistemas de autoridad, toma de decisiones y valoración cultural del daño que pueda causar una obra, proyecto o actividad para que la consulta sea respetuosa y orientada a los objetivos de proteger la diversidad cultural de los pueblos étnicos. Las empresas deben actuar con responsabilidad social y ambiental, respetar los derechos y la autonomía de los pueblos, facilitar de manera transparente los medios para la participación.  Las empresas no tienen que llevar a cabo los procesos de consulta.  Las empresas deben actuar con buena fe.  Las empresas deben presentar los proyectos, actos, actividades e iniciativas de forma transparente, veraz, clara y completa.  Las empresas deben respetar los derechos humanos de los pueblos.  Las empresas deben respetar las autoridades del Pueblo Negro norte caucano, sus ritmos, sus tiempos y procedimientos propios.  Las empresas deben comprometerse con el cuidado y preservación de la diversidad étnica y ambiental del territorio y la región donde habita el Pueblo Negro norte caucano.  Las actividades que desarrolle la empresa o entidad pública no debe generar daños ambientales ni culturales. 15

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